Con el objetivo de acercar y garantizar a la población
indígena la justicia constitucional, no solo en sus comunidades, sino en todo
el territorio michoacano, la diputada Araceli Saucedo Reyes presentó una
iniciativa de reforma a la Constitución del Estado y a la Ley Orgánica del
Poder Judicial, en la que propone que desde la norma se establezca que accedan
a la justicia plena, a través de un juez menor el cual tiene mayor competencia
territorial que los jueces comunales.
La coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD en la LXXIV
Legislatura en el Congreso del Estado propuso en la Máxima Tribuna garantizar
la protección a la población indígena en cualquier parte que vivan en el
Estado, ya que como está la norma actual se les restringe, por lo que es necesario
hacer efectivo el derecho a la justicia que tienen reconocido en la
Constitución General y en el pacto Federal.
Por ello, con esta iniciativa de reformas se plantea otorgar
las competencias de los juzgados comunales a los menores, éstos últimos deben
asumirlas completas, con la finalidad de brindar una atención eficaz a la
población indígena.
“Al no tener los juzgados comunales competencia amplia en el
territorio del Estado, como se ha visto, ni en las materias Civil, Familiar,
Mercantil y Penal, es factible integrar estas a la jurisdicción de los menores
y será competencia del Consejo del Poder Judicial emitir los acuerdos
administrativos para señalar que territorios de municipios cuentan con
población indígena para que se haga lo correspondiente y hacerlo del
conocimiento a la población para que acudan a los juzgados menores ya que no en
todos los municipios existe población indígena”.
De este modo, Araceli Saucedo plantea garantizar el acceso
efectivo a la justicia, máxime que se reduce el gasto corriente del erario, las
competencias de los Juzgados comunales se otorgan a los menores ampliando la
cobertura territorial en pro de la sociedad pues un comunal solo ejerce
jurisdicción en un territorio delimitado de un municipio, en tanto que los
menores la ejercen en un Distrito Judicial.
“La más amplia competencia otorgada a los jueces comunales
no obra desde la Constitución Política del Estado de Michoacán, pues esta es
clara en referir que los juzgados comunales se establecerán en las poblaciones
que por sus características lo requieran, por ello, se plantea que se pueda
ejercer por los juzgados menores ya que la mayor amplitud de la competencia de
los juzgados comunales es en materia familiar, pero se basa en la aplicación de
usos y costumbres sobre dicha materia reducida a la fracción territorial donde
ejerce la jurisdicción en un municipio”.
Araceli Saucedo añadió que si lo anterior, es la mayor
característica en la creación de estas figuras del juez comunal, es evidente
que los jueces menores también deben estar capacitados y en condiciones de
ejercerla por ello, es que presenta dicha iniciativa, ya que los juzgados
comunales tienen competencia reducida en materia de cuantía y territorio y es
factible que la lleven a cabo los menores y con ello se reduce el gasto
público.
Con esta iniciativa de reformas, se amplía la demarcación territorial para que la población de las comunidades indígenas puedan recurrir a la justicia, en cualquier punto del estado y no limitarlos a que debe ser en su localidad.